Fecha del artículo:
2011-08-08
Denominación de los títulos de Delineación.
El Real decreto 777/1998, Anexo III, de 30 de Abril, por el que se desarrollaron determinados aspectos de la Ordenación de la Formación Profesional en el ámbito de la LOGSE, estableció que, los titulados en Formación Profesional de Grado Superior pasaran a denominarse Técnicos Superiores en las distintas especialidades que se especifican y, con un mayor grado y campo de competencias:
Real Decreto 2208/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción y las correspondientes enseñanzas mínimas.
Real Decreto 136/1994, de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción.
Recientemente se publico el Real Decreto 690/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación y se fijan sus enseñanzas mínimas y la Orden EDU/2889/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación. En el curso 2011-2012 se implantará el primer curso de este nuevo ciclo formativo y dejarán de impartirse las enseñanzas amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE), correspondientes al Título de Técnico Superior en Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción
Es competencia general de este Técnico intervenir en los proyectos de edificación y obra civil, realizando o coordinando su desarrollo y, auxiliar en la ejecución, realizando el seguimiento de la planificación. Algunos de los puestos de trabajo son; Delineante-proyectista de edificación, de obras públicas, de instalaciones; ayudante de obra; ayudante de planificación; Técnico en organización.