Fecha del artículo:
2011-06-15
NBE-AE/88 Acciones en la Edificación.
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Se aprobo mediante el Real Decreto 1370/1988, de 11 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la Norma MV-101/1962, «Acciones en la Edificación», aprobada por Decreto 195/1963, de 17 de enero, y se cambia su denominación por Norma Básica de la Edificación NBE-AE/88, «Acciones en la Edificación».
La norma NBE-AE/88, se aplicará en todo proyecto y obra de edificación, cualquiera que sea su clase y destino y todo técnico, ya sea el autor del proyecto o el director de la obra está obligado a conocer y a tener en cuenta. En la Memoria figurará un apartado con el título “Acciones adoptadas en el Cálculo”, en el que detallará todos los valores que ha aplicado en el cálculo de cada uno de sus elementos resistentes y de su cimentación, reseñando explícitamente que se ajustan a lo prescrito en la Norma, o en su caso, justificando por qué se apartan.
La norma clasifica y define las principales acciones que en general actuan en los edificios y establece los valores y criterios necesarios para poder determinarlas. Son las siguientes:
1.- Acción gravitatoria
Es la producida por el peso de los elementos constructivos, de los objetos que puedan actuar por razón de uso, y de la nieve en las cubiertas. En ciertos casos puede ir acompañada de impactos o vibraciones. Las acciones gravitatorias se dividen en dos tipos, la concarga y la sobrecarga:
- 1.1 Concarga, cuya magnitud y posición es constante a lo largo del tiempo, salvo el caso de reforma del edificio. Se descompone en:
- Peso propio, es la carga debida al peso del elemento resistente.
- Carga permanente, es la carga debida a los pesos de todos los elementos constructivos, instalaciones fijas, etc., que soporta el elemento.